REGIMEN DISCIPLINARIO.

FALTAS Y SANCIONES.


Son faltas leves en las cuales se pueden incurrir en el acontecer diario de la vida de la institución en materia leve, no recurrente y sin intencionalidad negativa, tales como,

1. Llegada tarde al colegio o a clases, siempre y cuando no sean reiterativas.
2. Desconocimiento de los principios y de la filosofía institucional.
FALTAS Y SANCIONES.

3. Vocabulario y modales inadecuados.
4. Interrupción de las actividades académicas y/o curriculares, mediante actuaciones que impidan el normal desarrollo, como charlar constantemente, no respetar el turno para intervenir, oír radio, etc.
5. Portar los uniformes inadecuadamente y en los días que no corresponde.
6. Retirarse de clase o de cualquier actividad sin el permiso correspondiente, por primera vez.
7. Desacato a las instrucciones e indicaciones de los educadores por primera vez.
8. Utilización inadecuada de los servicios del colegio y materiales del mismo.
9. Desaseo en el vestir y porte de accesorios diferentes al uniforme.
10. Traer al colegio elementos diferentes a los necesarios para el trabajo escolar.
11. Presentarse al colegio sin los implementos necesarios para las actividades escolares.
12. Falta de respeto o mal comportamiento en los talleres y/o sala de sistemas.
13. Irrespeto a los compañeros mediante abucheo, burla o apodos por la primera vez.
14. No presentar las excusas dentro del tiempo oportuno.
15. Arrojar papeles y basuras fuera de los recipientes destinados para ello.
16. Mal comportamiento en la calle y lugares públicos, por primera vez.
17. No respetar el conducto regular.

Las faltas leves se anotaran en el registro correspondiente y con llevan o acarrean los siguientes correctivos,

· Dialogo con el educador que conoce de la falta, reflexión sobre la situación y solución del impase
· Dialogo con el director de grupo y búsqueda de solución.
· Llamado de atención verbal e implicaciones en la conducta.
· Llamado de atención por escrito en el observador e informe a los padres de familia.

La reincidencia en estas faltas leves por segunda vez, se convierte en faltas graves.


FALTAS Y SANCIONES

Son faltas graves, aquellas que muestran deficiencias en cuanto a la comprensión y puesta en practica de los presupuestos éticos, morales y sociales del COLEGIO TECNICO INDUSTRIAL Y COMERCIAL LICEO SISTEVALLE e implican directamente a la persona que las comete y afectan a otras personas, tales como,

1. Desacato a la constitución y a las leyes de Colombia, al reglamento o manual de convivencia y a las directrices y orientaciones dadas por las distintas instancias del plantel.
2. Cualquier irrespeto de hecho, palabra u omisión a directivos, profesores, compañeros y empleados del colegio.
3. Irrespeto a los símbolos patrios, a los simbolos religiosos y a los símbolos del colegio.
4. Agresión física o verbal contra cualquier persona, pertenezca o no a la comunidad educativa.
5. Cualquier falta de honradez y /o complicidad en actos contra la misma.
6. El bajo rendimiento académico.
7. Incurrir en fraude en tareas, trabajos e investigaciones académicas.
8. Denigrar del colegio y cualquier actuaciones que atenté contra su nombre o prestigio.
9. Utilizar los servicios de transportes sin la debida autorización.
10. Ausentarse del colegio sin autorización del rector o de autoridad competente.
11. Uso del cabello largo, perceing ,tinte de cabello y peinados fuera de lo normal.

Las faltas graves conllevan o acarrean las siguientes sanciones, las cuales se registraran en el libro correspondiente.

· Llamado de atención a los padres de familia y firma de compromiso, levantando acta donde se consignen las medidas y correctivos, los cuales en caso de ser infringidos constituyen faltas gravisimas.
· Jornada de reflexión según el caso o retiro temporal del establecimiento hasta por tres días.
· Descolarizacion o suspensión de clases por término mayor a tres días.
· No asistencia a los actos de clausura y proclamación de bachilleres.
· Perdida de cupo para el año siguiente o no renovación de matricula.
· Cancelación de matricula.


FALTAS Y SANCIONES.

*cuando se margine al alumno de las actividades del establecimiento,para que se someta a tratamiento o para someterse a reflexión sobre su conducta,
Deberá cumplir a cabalidad con lo prescrito y demostrarlo ante el comité de Disciplinario para autorizar el reintegro.

Son faltas muy graves o de especial gravedad, las que se cometen en materia grave, afectando directamente la razón de ser de la institución y el sano desarrollo de las personas, acarreando la exclusión del colegio tales como,
1. La reincidencia en cualquiera de las faltas consideradas como graves, así sea por primera vez.
2. Faltas graves dentro y fuera del colegio contra cualquier aspecto de la moral cristiana, tales como embriaguez, tenencia, trafico y/o consumo de sustancias que produzcan adicción y prostitucion.
3. Frecuentar sitios indebidos y/o ser motivo de escándalo para la comunidad.
4. Robo,hurto o malversación de fondos.
5. Portar o consumir cigarrillos, bebidas, alcohólicas o similares.
6. Amenaza o agresión de palabra, hecho u omisión a las directivas del colegio, educadores,empleados o compañeros.
7. Portar consumir o distribuir estupefacientes o sustancias sicotropicas o sicoactivas.
8. Falsificar firmas, sellos ocualquier clase de documentos.
9. Practicar ritos satánicos, espiritismo brujería y otros actos que atenten contra la dignidad de la persona humana o sean contrarios o ajenos a la religión.
10. Porte o uso de armas, cualquiera que sea la clase o denominación.
11. Soborno, chantaje e intento de soborno e intento de chantaje.
12. Desacreditar, difamar o calumniar al colegio, su filosofía o a cualquier miembro de la institución.
13. Causar o propiciar daño intencional a las instalaciones y bienes del colegio.
14. Indisciplina permanente y/o reiterado bajo rendimiento académico.
15. Mal comportamiento o irresponsabilidad en el compromiso de contratos de aprendizaje en las empresas y capacitaciones con el SENA.





FALTAS Y SANCIONES

Las faltas consideradas muy graves o de especial gravedad, serán sancionadas con el retiro definitivo del alumno del establecimiento, sin que sea menester agotar las diferentes etapas que suponen el otorgamiento de oportunidades para su corrección por parte del mismo alumno.

Una vez comprobada la falta considerada como grave o de especial gravedad, y escuchado el alumno en descargos, la rectoría consultara con la comisión disciplinaria y con la junta de profesores y determinara el retiro del alumno, enviando comunicación escrita a los padres de familia para notificarles la exclusión de su hijo del colegio.


TITULO III
ADVERTENCIAS IMPORTANTES

1. La mala conducta, la indisciplina y el bajo rendimiento académico, ocasionan la perdida del cupo del colegio.
2. El manual de convivencia es base fundamental que orienta la filosofía del establecimiento para mantener un nivel de excelencia, por lo que su inobservancia reiterada, así sea en materia leve, conlleva a la perdida del cupo.
3. El COLEGIO TECNICO INDUSTRIAL Y COMERCIAL LICEO SISTEVALLE. No puede cambiar sus principios, su carisma, sus políticas, sus metas y propósitos en beneficio del alumno o de los padres de familia; por lo que quien discrepe de las orientaciones y filosofía de la institución, debe respetarlos y acatarlos, o buscar otro establecimiento educativo armónico con sus preferencias.
4. El colegio prohibe terminantemente a los alumnos portar sumas de dinero superiores a las que cubran las necesidades diarias; joyas y artículos suntuarios que no hagan parte del uniforme, celulares y artículos distintos a los útiles de estudio. En caso de perdida el colegio no se hace responsable y se decomisan se devolverán a los padres de familia al terminar el año lectivo.
5. No será proclamado bachiller en la ceremonia de graduación el alumno que al terminar el año lectivo tenga sanción vigente; el alumno cuyos padres de familia o acudientes o el mismo no se encuentre a paz y salvo por todo concepto con el colegio; el alumno que al terminar el año lectivo tenga logro o logros pendientes.